12 de enero de 2010

NO Y NO

No en Europa y no en España a la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible, al texto del anteproyecto que se remitirá al Congreso de los Diputados para intentar cerrar, entre otras, las web de enlaces a archivos en redes p2p.


Consideramos imprescindible la retirada de la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible por los siguientes motivos:

  1. Viola los derechos constitucionales en los que se ha de basar un estado democrático en especial la presunción de inocencia, libertad de expresión, privacidad, inviolabilidad domiciliaria, tutela judicial efectiva, libertad de mercado, protección de consumidoras y consumidores, entre otros.
  2. Genera para la Internet un estado de excepción en el cual la ciudadanía será tratada mediante procedimientos administrativos sumarísimos reservados por la Audiencia Nacional a narcotraficantes y terroristas.
  3. Establece un procedimiento punitivo “a la carta” para casos en los que los tribunales ya han manifestado que no constituían delito, implicando incluso la necesidad de modificar al menos 4 leyes, una de ellas orgánica. Esto conlleva un cambio radical en el sistema jurídico y una fuente de inseguridad para el sector de las TIC (Tecnología de la Información y la Comunicación). Recordamos, en este sentido, que el intercambio de conocimiento y cultura en la red es un motor económico importante para salir de la crisis como se ha demostrado ampliamente.
  4. Los mecanismos preventivos urgentes de los que dispone la ley y la judicatura son para proteger a toda ciudadanía frente a riesgos tan graves como los que afectan a la salud pública. El gobierno pretende utilizar estos mismos mecanismos de protección global para beneficiar intereses particulares frente a la ciudadanía.
    Además la normativa introducirá el concepto de “lucro indirecto”, es decir: a mí me pueden cerrar el blog porque “promociono” a uno que “promociona” a otro que vincula a un tercero que hace negocios presuntamente ilícitos
  5. Recordamos que la propiedad intelectual no es un derecho fundamental contrariamente a las declaraciones del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño. Lo que es un derecho fundamental es el derecho a la producción literaria y artística.
  6. De acuerdo con las declaraciones de la Ministra de Cultura, esta disposición se utilizará exclusivamente para cerrar 200 webs que presuntamente están atentando contra los derechos de autor. Entendemos que si éste es el objetivo de la disposición, no es necesaria, ya que con la legislación actual existen procedimientos que permiten actuar contra webs, incluso con medidas cautelares, cuando presuntamente se esté incumpliendo la legalidad. Por lo que no queda sino recelar de las verdaderas intenciones que la motivan ya que lo único que añade a la legislación actual es el hecho de dejar la ciudadanía en una situación de grave indefensión jurídica en el entorno digital.
  7. Finalmente consideramos que la propuesta del gobierno no sólo es un despilfarro de recursos sino que será absolutamente ineficaz en sus presuntos propósitos y deja patente la absoluta incapacidad por parte del ejecutivo de entender los tiempos y motores de la Era Digital.

La disposición es una concesión más a la vieja industria del entretenimiento en detrimento de los derechos fundamentales de la ciudadanía en la era digital.

La ciudadanía no puede permitir de ninguna manera que sigan los intentos de vulnerar derechos fundamentales de las personas, sin la debida tutela judicial efectiva, para proteger derechos de menor rango como la propiedad intelectual. Dicha circunstancia ya fue aclarada con el dictado de inconstitucionalidad de la ley Corcuera (o “ley de la patada en la puerta”). El Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internet, respaldado por más de 200 000 personas, ya avanzó la reacción y demandas de la ciudadanía antes la perspectiva inaceptable del gobierno.

Para impulsar un definitivo cambio de rumbo y coordinar una respuesta conjunta, el 9 de enero se ha constituido la “Red SOStenible” una plataforma representativa de todos los sectores sociedad civil afectados. El objetivo es iniciar una ofensiva para garantizar una regulación del entorno digital que permita expresar todo el potencial de la Red y de la creación cultural respetando las libertades fundamentales.

En este sentido, reconocemos como referencia para el desarrollo de la era digital, la Carta para la innovación, la creatividad y el acceso al conocimiento, un documento de síntesis elaborado por más de 100 expertos de 20 países que recoge los principios legales fundamentales que deben inspirar este nuevo horizonte.

En particular, consideramos que en estos momentos es especialmente urgentes la implementación por parte de gobiernos e instituciones competentes, de los siguientes aspectos recogidos en la Carta:

  1. Los artistas como todos los trabajadores tienen que poder vivir de su trabajo (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo B. “Estímulo de la creatividad y la innovación”, de la Carta);
  2. La sociedad necesita para su desarrollo de una red abierta y libre (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo D, “Acceso a las infraestructuras tecnológicas”, de la Carta);
  3. El derecho a cita y el derecho a compartir tienen que ser potenciado y no limitado como fundamento de toda posibilidad de información y constitutivo de todo conocimiento (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo A, “Derechos en un contexto digital”, de la Carta);
  4. La ciudadanía debe poder disfrutar libremente de los derechos exclusivos de los bienes públicos que se pagan con su dinero, con el dinero publico (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo C, “Conocimiento común y dominio público”, de la Carta);
  5. Consideramos necesaria una reforma en profundidad del sistema de las entidades de gestión y la abolición del canon digital (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo B, “Estímulo de la creatividad y la innovación”, de la Carta).

Por todo ello hoy se inicia la campaña INTERNET NO SERA OTRA TELE y se llevarán a cabo diversas acciones ciudadanas durante todo el periodo de la presidencia española de la UE.

Consideramos particularmente importantes en el calendario de la presidencia de turno española el II Congreso de Economía de la Cultura (29 y 30 de marzo en Barcelona), Reunión Informal de ministros de Cultura (30 y 31 de marzo en Barcelona) y la reunión de ministros de Telecomunicaciones (18 a 20 de abril en Granada).

La Red tiene previsto reunirse con representantes nacionales e internacionales de partidos políticos, representantes de la cultura y delegaciones diplomáticas.

Firmado
Red SOStenible

La Red SOStenible somos todos. Si quieres adherirte a este texto, cópialo, blogguéalo, difúndelo.


Liberando la contestación a la demanda de SGAE contra webs de enlaces

Ya es públicamente conocido el texto del anteproyecto que se remitirá al Congreso de los Diputados para intentar cerrar, entre otras, las web de enlaces a archivos en redes p2p. Es un texto de baja calidad técnica y que si bien aparentemente sólo se centra en los prestadores de servicios de la sociedad de la información, deja demasiados interrogantes interpretativos para poder afirmar con certeza que no pueda ser utilizada contra cualquier tipo de página web, sea o no lucrativa.

En el necesario debate sobre la propiedad intelectual, frente a iniciativas de Canadá o el Reino Unido que han propugnado un sistema de discusión abierta, habilitando webs específicas para el debate público, nuestro Gobierno está mostrando un comportamiento reprochable no sólo democrática sino jurídicamente.

Democráticamente, mediante técnicas de ocultación, de alarmismo falso (no podemos ser el país más pirata cuando según la OCDE España ocupa la posición 83 de 134) y de confusión entre el bien común y el provecho particular.

Jurídicamente, por cuanto que el texto aprobado otorga a una Comisión del Ministerio de Cultura la facultad de resolver según su criterio si desde una página web se está vulnerando un derecho de propiedad intelectual y decidir la medida de cierre de la web o la retirada del contenido controvertido e incluso de ejecutar la misma.

La figura del juez se reserva únicamente para autorizar la ejecución de la resolución de cierre que le llega ya adoptada por la Comisión, pero no en función de si los motivos por los que ésta se acuerda son o no acertados -esto es, no en función de si existe realmente causa para ese cierre, cuestión donde no podrá entrar el juez- sino en función de si la ejecución de la medida acordada por la Comisión puede suponer además la vulneración de determinados derechos fundamentales.

A modo de ejemplo, y a fin de que pueda entenderse bien la diferencia cualitativa entre autorizar la ejecución de cierre en función de los criterios explicados y adoptarla, bien podría suceder que el juzgado no estuviera de acuerdo con las razones jurídicas que se invocan para resolver el cierre pero, incluso en ese caso, se vería obligado a autorizarlo si considera que el cese de esa actividad -que él, al contrario que la Comisión, considera no infractora-, no significa la vulneración de determinados derechos fundamentales.

A los jueces se les quita la potestad de decidir quién infringe la propiedad intelectual en Internet: esa potestad se la reserva ab initio el Ministerio de Cultura. Se difumina una vez más el logro que supuso la separación de poderes. La puerta que se abre con una estrategia de control político tan abyecta como ésta es sumamente peligrosa y permite, en la práctica, que el Ejecutivo pueda arrebatar determinados ámbitos de litigio a los tribunales si sus sentencias no son del gusto de quien gobierna.

La trayectoria del Gobierno en este tema es oscurantista: no entrega datos sobre propiedad intelectual que puedan cotejarse públicamente, no ejerce el control sobre las Entidades de Gestión, cuando anuncia la Ley de Economía Sostenible olvida mencionar la reforma de la LPI, que es filtrado a un periódico y no desde luego por los ciudadanos.
Frente a este oscurantismo, entendemos como obligación de la función social de la abogacía, tanto David Bravo como Javier de la Cueva, liberar la plantilla de la contestación a la demanda de la SGAE contra webs de enlaces a redes p2p, donde explicamos por qué no existe una vulneración de la propiedad intelectual.

Posteriormente iremos publicando el resto de los textos. Nuestra intención es que sean libremente utilizables por nuestros compañeros en defensas análogas, así como señalar ya, para la pertinente discusión parlamentaria y en los futuros procedimientos ante la Comisión, las razones por las que en el enlace existe una imposibilidad física de vulneración de propiedad intelectual.

Modelo en formato .odt

Modelo en formato .doc

Javier de la Cueva y David Bravo, abogados.

4 comentarios:

pepa mas gisbert dijo...

NO y NO, porque se empieza cerrando esas webs y a saber donde se acaba.

Anónimo dijo...

NO y NO...a esta ley.

Lala dijo...

Siempre hemos sido miserables culturalmente!
NO, me niego a que la cultura sea de nuevo elitista. QUIERO disponer y disfrutar de la cultura! Y si nos cierran esta puerta...


Un beso


Lala

FJavier dijo...

Alma, Camino, Lala, los políticos parecen estar demasiado ocupados en defender intereses miopes. Los ciudadanos no tenemos más remedio que llamar su atención sobre la importancia y trascendencia de este medio. ¿Quien si no?
Gracias.

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